El Gobierno de Asturias excluirá de la aplicación de la nueva normativa de purines el 91,31% de la superficie que se declara a la Política Agrícola Común (PAC), lo que representa un total de 186.582,84 hectáreas y el 96,14% de las fincas declaradas. Esta medida permitirá que sigan aplicando este estiércol de la misma forma que hasta ahora.
Así lo anunció la consejera de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, María Jesús Álvarez, tras la reunión celebrada entre el Fondo Español de Garantía Agrícola (FEGA) y técnicos de las diferentes comunidades autónomas. Álvarez aseguró que su departamento publicará en los próximos días una resolución en el Boletín Oficial del Principado (Bopa) con la normativa asturiana sobre purines.
La resolución establecerá las excepciones a la normativa del Ministerio de Agricultura sobre la aplicación de purines por parte de los ganaderos y agricultores asturianos que reciben ayudas de la PAC. Así, su uso en las superficies agrícolas no podrá realizarse mediante sistemas de plato o abanico ni cañones, excepto en los siguientes casos:
– Fincas con pendientes media superiores al 10%.
– Fincas con una superficie inferior a 5.000 metros cuadrados.
La extensión declarada en el Principado con pendiente media inferior al 10% es de 17.776,69 hectáreas, un 8,69% del total, mientras que los recintos con superficie superior a 5.000 metros cuadrados son 16.373, el 3,85%. Con estos dos criterios, el terreno exento de aplicación de la nueva normativa es del 91%.
– Cuando el resto de parcelas agrícolas de una explotación (descontadas las incluidas en las dos primeras excepciones), en conjunto, representen una superficie inferior al 50% de la total neta de la explotación, o menos de dos hectáreas.
– Cuando el resto de parcelas agrícolas de la explotación (descontadas las incluidas en las dos primeras excepciones), en conjunto, representen una superficie superior al 50% de la superficie total neta, si los purines corresponden a explotaciones de ganado bovino con almacenamiento en fosa estanca y cubierta, y la aplicación se lleva a cabo en días con una temperatura media inferior a 12 grados, según la estación de Aemet más próxima a la explotación.
– Cuando se trate de parcelas agrícolas en las que se realice un tratamiento posterior, mediante enterramiento con arado de vertedera o cultivador, dentro de las 24 horas siguientes a su aplicación.
En cuanto a los estiércoles sólidos (cucho), deberán enterrarse después de su aplicación en el menor plazo de tiempo posible, excepto para:
– Los tipos de cultivo mediante siembra directa o mínimo laboreo.
– Los pastos.
– Los cultivos permanentes.
– Cuando la aportación de estiércol sólido se realice en cobertera con el cultivo ya instalado.
– En todo caso, se autorizará su aplicación sin enterramiento posterior de forma excepcional, cuando este uso se corresponda con las prácticas tradicionales.
La consejera de Desarrollo Rural recordó que la nueva normativa afecta a los agricultores y ganaderos que reciben ayudas de la PAC “vinculadas a compromisos medioambientales” y que purines y estiércoles sólidos podrán continuar utilizándose porque “lo único que cambia es la técnica de aplicación de estos abonos para aquellos casos que no se excepcionen”.
Álvarez envió un “mensaje de tranquilidad” a los ganaderos y agricultores porque “han recibido informaciones erróneas, confusas y alarmistas de forma intencionada a veces y, sin embargo, la aplicación de la nueva normativa apenas afectará a Asturias”. También ha explicado que el Principado ya trasladó en julio de 2017 sus alegaciones al borrador del real decreto sobre el uso de purines. “En diciembre solicitamos, además, una moratoria de dos años en su aplicación, que día de hoy no ha tenido respuesta”, afirmó.