El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publicó la resolución por la que se declara, en todo el territorio del Principado, la presencia de la plaga del organismo nocivo Rhynchophorus ferrugineus (Olivier), conocido como picudo rojo de las palmeras, y establece, de forma coordinada entre las consejerías de Desarrollo Rural y Recursos Naturales e Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, diversas medidas fitosanitarias para su erradicación y control.
El picudo rojo está considerada especie plaga de declaración obligatoria en la legislación agraria y especie exótica invasora en la legislación ambiental. La resolución tiene carácter transitorio y estará vigente mientras se mantenga la condición de especie plaga de declaración obligatoria por la Unión Europea, algo que actualmente se está revisando.
Este coleóptero, un escarabajo originario del sur de Asia, ocasiona importantes daños en las palmeras ya que sus larvas se alimentan vorazmente en el interior del tronco y la corona de estos árboles hasta llegar a destruirlos en su práctica totalidad. En España, el primer foco se detectó en Andalucía, en 1995. Desde entonces se ha extendido por todo el territorio nacional, a pesar de las diferentes actuaciones que, para su control, han realizado las administraciones públicas.
La resolución establece un programa de inspección y aplicación de medidas de erradicación. Tanto la ejecución de estas medidas como los gastos que se originen correrán a cargo de los interesados, puesto que no afecta a producciones primarias sino a vegetación de carácter decorativo y de jardinería.
La Administración ambiental podrá, dado el carácter de la especie (exótica invasora), adoptar acciones complementarias y la resolución insta a una ejecución coordinada de las actuaciones.
En concreto, establece que las personas físicas o jurídicas propietarias de plantas sensibles deberán comunicar a la consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales la localización de los ejemplares, además de aplicar las medidas preventivas que incluyen en la normativa. También tendrán que proceder a la eliminación de las afectadas por el patógeno.
Los titulares de las plantas sensibles en el Principado de Asturias deberán comunicar la aparición de síntomas de ataque del organismo nocivo, así como permitir al personal técnico de la administración el acceso a los lugares donde estén ubicados ejemplares de estas especies, con el fin de realizar prospecciones y permitir la evaluación de los síntomas sospechosos. Corresponde también a los propietarios controlar que las labores de poda se realicen siguiendo las recomendaciones establecidas.
La regulación prohíbe la plantación y transporte de especies sensibles si no van acompañadas del correspondiente pasaporte fitosanitario y las plantas trasplantadas deben ser sometidas a un tratamiento previo a su trasplante y a tratamientos fitosanitarios periódicos.
Esta resolución será puesta en conocimiento de los ayuntamientos del Principado de Asturias para su correspondiente difusión entre la ciudadanía. Se mantendrá vigente en tanto que el patógeno esté considerado como organismo de cuarentena en la reglamentación comunitaria en materia de sanidad vegetal.