Para modificar la normativa, la consejería ha tenido en cuenta la alimentación de las especies necrófagas, así como la demanda de los ganaderos para mitigar los daños causados presuntamente por este tipo de fauna.
Mediante una resolución de mayo de 2017, Desarrollo Rural declaró diversas zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en Asturias. También estableció los requisitos específicos para no proceder a la retirada de los animales muertos durante el pastoreo en esos terrenos.
Debido a que esa normativa no surtió el efecto esperado, la consejería ha publicado una nueva resolución que elimina la condición de que las explotaciones dispongan de un seguro para cubrir la retirada de los animales. Se persigue con ello facilitar el uso de cadáveres en las zonas de protección para la alimentación.
Teniendo en cuenta la experiencia y el reducido tamaño de muchas de las explotaciones que acceden al aprovechamiento de pastos en las zonas de alimentación y que no suscriben un seguro que cubra la retirada de los cadáveres, Desarrollo Rural ha valorado la repercusión que tendría la eliminación de esta exigencia sobre la disponibilidad de comida para esta fauna de interés comunitario.
Por ello, la resolución publicada hoy modifica la de mayo de 2017 y elimina este requisito, al mismo tiempo que mantiene el resto de las condiciones establecidas para asegurar el uso seguro de estos subproductos en la alimentación de las especies silvestres.